Bases de Participación - Concurso Sendero Homologado


CONTEXTO


Entre los acuerdos del Convenio de colaboración entre la Federación Valenciana de Municipios y Provincias (FVMP) y la Federación de Deportes de Montaña y Escalada de la Comunitat Valenciana (FEMECV) figura el incentivo y la puesta en valor del uso de los senderos homologados GR®, PR® y SL®) como oferta deportiva y turística en el ámbito local, como recursos relevantes en combinación con el patrimonio histórico y cultural de los municipios de la Comunitat Valenciana.
Con el fin de contribuir a su divulgación entre la sociedad, así como su reconocimiento, estimulando a las entidades promotoras de cada ruta para un esmerado y continuo mantenimiento, señalización y mejora del trazado y del equipamiento e instalaciones auxiliares la FVMP y la FEMECV convocan el concurso para elegir el Sendero Homologado del Año 2024, de la Comunitat Valenciana y el “Sendero Homologado del año 2024 en municipios en riesgo de despoblación”

 

BASES


Primera: Los distintos promotores de las administraciones locales (ayuntamientos, mancomunidades, etc.) y los clubs promotores de senderos homologados adheridos a la FEMECV podrán presentar antes del 15 de octubre la propuesta de hasta un máximo de dos senderos.
 

Segunda: Las propuestas han de tener las siguientes características:

  • Ser senderos homologados por la FEMECV (PR® y/o SL® completo y/o una etapa de GR®)
  • Han de estar en vigor o con el último control de calidad positivo, según el registro de senderos homologados de la Comunitat Valenciana (https://senders.femecv.com/).
     

Tercera. Para optar al concurso se ha de entregar la siguiente documentación de cada propuesta, cumplimentando para ello un formulario online en el que aparecerán los siguientes apartados: 

  1. Entidad que presenta la candidatura.
  2. Identificación del promotor del sendero y, en caso de ser distinto, del ente encargado del mantenimiento. 
  3. Enlace a la web donde se publicita el sendero
  4. Aportación del folleto y/o topoguía, digitalizada, donde se desarrolla la información del sendero, o enlace al espacio web donde esta se aloja.
  5. Fotografías del sendero, de los paisajes y/o elementos más significativos de la ruta, indicando qué son, sobre todo los asociados a aquellos con etiquetas de “Senderos con interés histórico-artístico, con interés medioambiental y/o con interés geológico). 
  6. Informe puntos a valorar según base cuarta.

 

Cuarta. Los criterios que se valorarán serán los siguientes:

  1. Existencia de un vídeo o de algún soporte audiovisual de promoción del sendero (máximo 15 minutos).
  2. Que el sendero se encuentre en municipios en riesgo de despoblación.
  3. Que el sendero transcurra por algún Espacio Natural Protegido o aproveche en parte vías pecuarias clasificadas.
  4. Existencia de transporte público (tren, bus. etc.) al punto de inicio y/o de final 
  5. Número de etiquetas de interés que tiene el sendero en la web FEMECV (histórico-artístico, geológico, medioambiental, etc.)
  6. Existencia de tramos para el senderismo adaptado (rutas inclusivas para personas con discapacidad).
  7. Existencia de acciones y/o actividades desarrolladas en torno al sendero y orientadas a la protección del medio ambiente, fauna y flora, la conservación del paisaje y ecosistemas forestales, recuperación y puesta en valor de la biodiversidad.
  8. El tipo de firme predominante que tenga el sendero (sendero, camino, pista, etc.)
  9. Información en las publicaciones y/o en los soportes electrónicos de elementos de interés, explicaciones del interés histórico, geológico, etc. de la zona donde se transitan
  10. Existencia de acciones y actividades de protección del patrimonio cultural e histórico asociado al sendero o cercano como elementos de interés al senderista.
  11. Valoración de los servicios que ofrece el sendero (agua, alimentación, transporte, pernocta, áreas recreativas, miradores, zonas de acampada, etc.) Posibilidad de contratar transporte tipo taxi-rural para aquellos senderos lineales, etc.)
  12. Facilidad de estacionamiento y de acceso a los puntos de inicio y final, para vehículos convencionales.
  13. Elementos de seguridad pasarelas, pasamanos, escaleras) así como cartelería que informe los riesgos y medidas de prevención y seguridad para el senderista
  14. Información y recursos en la ruta que informen sobre el senderismo como habito de vida saludable, así como actividades o equipamientos asociados a deporte y salud entre los diferentes sectores de la población.
     

Para la correcta valoración de estos criterios el promotor deberá presentar un escrito con la información de cada uno de los puntos si tuviera algún elemento a valorar por la Comisión de selección.
 

Sexta: Durante el mes de octubre, las propuestas presentadas serán analizadas por una Comisión de Valoración designada al efecto por la FEMECV y la FVMP.
 

Séptima: La Comisión de Valoración podrá requerir la aportación de datos o informes complementarios, y si lo estima conveniente o necesario, inspeccionar “in situ” alguno o algunos de los senderos presentados, a fin de conocer con mayor detalle sus características y méritos.
 

Octava: De entre la totalidad de las propuestas presentadas, la Comisión de Valoración nominará como finalistas hasta un máximo de 5 senderos para someter a votación general la elección final del sendero premiado. 
Además, a 15 de octubre, el sendero que cumpla con los requisitos de la base segunda y que mayor número de estrellas (y votos en caso de empate) de valoración tenga en su ficha web también será finalista, invitando al promotor a presentar la documentación pertinente. 
 

Novena: Los senderos finalistas serán objeto de una campaña de divulgación a través de los medios electrónicos y redes sociales de la FEMECV y de la FVMP y se abrirá una votación pública y abierta que se desarrollará durante el mes de octubre, utilizando para ello un sistema de votación en línea, a la que podrán concurrir todas las personas que lo deseen.
 

Décima: A tenor del resultado final de la votación pública, la Comisión mixta de la FEMECV y la FVMP proclamará los dos senderos ganadores en el mes de octubre, a los que se le otorgará un premio o galardón en la Gala FEMECV que tendrá lugar el 29 de noviembre de 2024 en València.
Los ganadores serán también premiados en las jornadas organizadas por la FVMP con la colaboración de la FEMECV. 
 

Undécima: El sendero ganador podrá usar el logo de “Mejor Sendero Homologado FEMECV/FVMP” del año del concurso en los sistemas de divulgación propios. Este será proporcionado por la FEMECV.
 

Decimosegunda: El sendero ganador podrá optar al certamen de Mejor Sendero Homologado de España que organiza todos los años la FEDME.
 

Decimotercera: A través de la FEMECV/FVMP se gestionará lo necesario para que desde los medios de comunicación (diarios, revistas, cadenas de radio y de televisión, y redes sociales) se pueda hacer un seguimiento público del certamen, contribuyendo de ese modo a la divulgación de los valores del senderismo, y el reconocimiento social de ambas Federaciones en su labor en favor del deporte en el medio ambiente, la salud y la protección de la naturaleza, y se dé a conocer a la sociedad la selección de los mejores senderos de la Comunidad Valenciana. 
 

Decimocuarta: Corresponde al Comisión mixta la interpretación, puntualización o aclaración de las bases de la presente convocatoria, y las decisiones que correspondan a imprevistos, siempre que no alteren su espíritu, esencia y contenido.
 

Decimoquinta: El premio podrá declararse desierto si no hubiera senderos con la suficiente calidad para recibir este reconocimiento.